APROBADO EL REGLAMENTO DE LA LEY DE PROFESIONES DEL DEPORTE |
| CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES Deportes.- Decreto 174/2019, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 15/2015, de 16 de abril, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en Extremadura y se aprueba el Código Deontológico de quienes desempeñen las profesiones del deporte de Extremadura.
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Decreto 174/2019, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 15/2015, de 16 de abril, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en Extremadura y se aprueba el Código Deontológico de quienes desempeñen las profesiones del deporte de Extremadura. La Ley 15/2015 entró en vigor el 20 de octubre de 2015. A partir de esta fecha, todos los profesionales deportivos que estén ejerciendo en Extremadura tienen que informar de su situación a la Dirección General de Deportes además de cumplir con otras obligaciones. En esta línea, el 18 de noviembre de 2019 entra el vigor el Reglamento de desarrollo de la Ley 15/2015, que entre otras cosas regula los procedimientos de habilitación para aquellas personas que tienen experiencia anterior a la entrada en vigor de la Ley pero no cumplen con la cualificación exigida por la misma. INFORMACIÓN DESCARGABLE: - Ley 15/2015 - Anexos pdf rellenables Anexo IV Anexo V Anexo VI Anexo VII Anexo VIII Anexo IX Anexo X Anexo XI Anexo XII Anexo XIII Anexo XIV Anexo XV |