Convocatorias
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Convocatorias
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Son ayudas de 1.000€ a 50.000€, que se conceden a entidades deportivas extremeñas, para apoyar a los eventos deportivos que se consideren más relevantes.

Objetivos.

Con estas ayudas se pretende fomentar la organización de eventos deportivos en Extremadura, tanto competitivo como recreativos.

Van dirigidas solamente a aquellos eventos que se consideren de interés para la Comunidad Autónoma, es decir, que no son subvencionables actividades que tengan incidencia únicamente en una localidad o mancomunidad.

Posibles beneficiarios.

Sólo pueden presentar las solicitudes de ayuda las entidades deportivas, sin ánimo de lucro, que estén inscritas en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura.

Dado que el procedimiento de inscripción puede llevar un tiempo significativo, se recomienda, en el caso de nuevas entidades, iniciar el procedimiento de inscripción meses antes de presentar la solicitud de ayuda.


Criterios de valoración.

Para que se puede realizar una valoración objetiva de las solicitudes se han establecido una serie de criterios que se aplican a todos los eventos, que son:

Volumen del presupuesto y viabilidad económica: equilibrio y ordenación del presupuesto de ingresos y gastos, y aportación de patrocinadores u otros organismos.

Aportación económica de la entidad organizadora.

Importancia deportiva de la competición dentro de su modalidad a nivel nacional e internacional.

Grado de relación de las actividades con los principios básicos establecidos la Ley del Deporte de Extremadura, y en especial con el carácter formativo del deporte, la promoción del deporte en los sectores sociales más necesitados y la promoción de la actividad física y deportiva de la mujer.

Valoración de la repercusión social del evento, en base al número de espectadores previstos y a la difusión del mismo prevista en los diferentes medios de comunicación.

Número y nivel de los participantes previstos.

Recursos materiales y personales con los que cuenta  la entidad solicitante que garantice la óptima realización del evento.
Grado de definición del proyecto.

Antecedentes de organización del evento en ediciones anteriores (sólo para aquellos eventos que recibiesen ayuda en la edición anterior).

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¿A qué se comprometen las entidades a las que se les concede estas ayudas?

A realizar las actividades en el plazo, forma, términos y condiciones previstos.

A presentar la declaración de la aceptación de la subvención.

A someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección que la Junta de Extremadura lleve a cabo.

A solicitar autorización de la Dirección General de Deportes para poder introducir modificaciones en el proyecto aprobado. Estas modificaciones deberán solicitarse con una antelación mínima de 10 días respecto a su posible puesta en marcha.

A mantenerse en la situación que legitimara su concesión (por ejemplo, no tener deudas con la administración y figurar inscritas en el Registro General de Entidades Deportivas)

A adoptar las medidas de identificación, información y publicidad de la subvención concedida. La Consejería de los Jóvenes y del Deporte tendrá derecho a disponer de espacios publicitarios durante el transcurso del evento, debiendo ser la totalidad de los espacios publicitarios existentes repartidos proporcionalmente entre todos los patrocinadores de la competición, en función de la cuantía económica aportada por cada una de ellos.

Incorporar de forma visible, y en lugar preferente, en el material que se utilice para la difusión de los eventos (carteles, etc.) la leyenda “Subvencionado por la Junta de Extremadura, Consejería de los Jóvenes y del Deporte, Dirección General de Deportes”, así como el logotipo “Extremadura, deporte desde la base”.

La Consejería de los Jóvenes y del Deporte tendrá derecho a que se curse invitación para todos los actos públicos que se realicen con motivo del evento.

En los eventos en los que sea de aplicación el Reglamento General de Circulación deberá tramitar la autorización de la prueba deportiva y cumplir lo dispuesto en él para las pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos.

La realización y organización de los eventos y todas las autorizaciones pertinentes, serán de exclusiva responsabilidad de la entidad. Asimismo, correrán a su cargo los medios humanos y materiales que se precisen, incluidas las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social.

Como en todas las subvenciones de la administración, deberán cumplir asimismo las demás obligaciones recogidas en la Ley de Subvenciones.


DECRETO 325/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura y primera convocatoria para el ejercicio 2008.


El artículo 7.1.18 del Estatuto de Autonomía de Extremadura atribuye a la Junta de Extremadura la competencia exclusiva en la promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio.


La Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, dispone en su artículo 7.h) que corresponde a la Consejería de los Jóvenes y del Deporte autorizar, calificar y, en su caso, organizar las competiciones deportivas que tengan lugar en la Comunidad Autónoma sin perjuicio de las competencias que la misma atribuye a las Federaciones Deportivas.


Es por ello que la Junta de Extremadura reguló el apoyo a la organización de eventos deportivos especiales mediante el Decreto 54/2005, de 22 de febrero, como vehículo para promocionar el deporte y la imagen de la Comunidad Autónoma de Extremadura contribuyendo a elevar el nivel competitivo de las entidades deportivas y deportistas extremeños, y sirviendo en muchos casos de impulso a los deportistas de base y practicantes del deporte en general.

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